Con la denominación de Consejo Audiovisual y Digital Ciudadano se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002. de 22 de marzo y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.
Artículo 2º.– Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 3º.– La existencia de esta Asociación tiene como uno de sus fines: acoger como Miembros del Consejo Consultivo a Entidades Colaboradoras Organismos y Entidades Públicas y Privadas, respetando la personalidad y naturaleza jurídica e independencia de las Entidades que la conformen, con el fin de participar en las actividades de la Asociación.
Las actividades de la Asociación se basan en el derecho a la información veraz y de especial interés en la ciudadanía; la pluralidad informativa, garantizando el respeto a la dignidad humana y el principio constitucional de igualdad; a la libre comunicación de ideas; al honor y la intimidad de las personas y la protección de la juventud y la infancia como derechos básicos que pueden resultar lesionados en el conjunto del nuevo marco de la sociedad de la información.
En La Era Digital se fomenta gran parte de nuestro futuro y una creciente influencia en la Calidad de Vida en las Ciudades y en el Bienestar de los Ciudadanos. La Transformación Digital repercutirá en diferentes sectores; la Formación Digital, Nuevos puestos de Trabajo, las Brechas Digitales, el Patrimonio Cultural Digital, Economía, Digital, Movilidad Urbana, Salud, Inteligencia Artificial, Ciudades y Territorios Inteligentes etc, y afectará a los nuevos medios de comunicación y en ellos se centrará la mayor parte de los consumos de información y de ocio, relevándose como instrumentos de extraordinaria importancia para la economía la democratización y la cohesión social y cultural.
Por ello el Consejo Audiovisual y Digital Ciudadano invita al tejido social a participar y colaborar a través de sus actividades y proyectos de las comisiones que se constituyan.